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Gremial

                                                                      Los sistemas de información en línea no se aprovechan al máxi-
                                                                      mo. Frente a esto, Bagnara comenta “que el proceso no es efi-
                                                                      ciente y en algunos casos las exigencias caen en interpretaciones
                                                                      ambiguas. Aunque existe la preocupación por avanzar, en países
                                                                      desarrollados van a una velocidad que en Chile no se ha podido
                                                                      seguir”.

                                                                      Las solicitudes de equipamiento, basadas en convenio de ámbito
                                                                      internacional, no siempre se requieren en la navegación costera.
                                                                      Como muestra, aún en los acuerdos mundiales se acepta como
                                                                      nave menor aquella de hasta 500 Toneladas de Registro Grueso
                                                                      (TRG). En Chile, en navegación de cercanía a la costa al menos
                                                                      existen 133 naves con arqueo entre 50 y 500 TRG, las que son
                                                                      tipificadas como naves mayores en la reglamentación actual, con
                                                                      los costos que ello significa.

En materia de transporte marítimo, - actividad que lleva por nom-     Otro tema es el costo que se genera por uso de prácticos para
bre cabotaje -, Chile está regido por una política reservada a naves  naves nacionales que realizan navegación costera dentro del te-
con bandera nacional. Para que una embarcación chilena pueda          rritorio nacional. No se condice con la experiencia que tienen los
hacer cabotaje, el propietario debe ser una persona natural o ju-     pilotos regionales que por años navegan las rutas australes con
rídica de nacionalidad chilena. La problemática respecto de este      el conocimiento necesario para los ingresos y zarpes.
punto, es que existen atractivos incentivos para que esta navega-
ción se desarrolle en desmedro de las embarcaciones nacionales,       Existe una contradicción que pone techo a la formación de pilotos
que forman parte de la reserva de la defensa del país.                regionales; barrera que no permite potenciar a los oficiales regio-
                                                                      nales y que está avalada en el DS 90, Reglamento sobre Forma-
Los barcos con bandera de conveniencia (naves que permiten            ción y Titulación de Personal Embarcado.
enarbolar el pabellón de un país diferente al del propietario de la
embarcación, no existiendo un vínculo genuino entre el armador, o     Dentro de esta normativa, no se permite que la gente prepara-
dueño de un buque, y la bandera que ese buque iza), ofrecen tasas     da profesionalmente para navegar en cercanías de costa pue-
de registro muy baratas, impuestos muy bajos o inexistentes, y la     da hacerlo, por aumento del volumen del barco; esto, debido a
libertad de contratar mano de obra de bajo costo, ya que cuentan      que cuando las naves superan la cantidad de 2.000 TRG, tienen
con leyes laborales sub estándar, tributaciones menores a las de      que requerir profesionales preparados para navegar en alta mar,
nuestro país, y lo más importante, su operación está determinada      reemplazando a los pilotos regionales que tienen la experiencia
por las leyes de los países que otorgan la bandera de conveniencia.   necesaria para continuar navegando las rutas interiores y coste-
                                                                      ras. Esto implica tres oficiales de puente y tres de máquina, lo que
La regulación del cabotaje en Chile se rige por las normas que es-    se traduce en 234 puestos laborales que podrían ser utilizados
tablece la Organización Marítima Internacional, OMI. Este marco       por oficiales regionales.
legal señala que los requisitos para un buque que realiza viajes
internacionales, son prácticamente los mismos que una embar-
cación de transporte de carga costera. Un ejemplo de esto, es que
las empresas portuarias estatales continúan exigiendo dentro de
la documentación la Orden de Embarque de las mercancías de
cabotaje, aduciendo que esto se produce en consideración a que
es una exigencia del Servicio de Aduanas.

   Tampoco se aplican estas diferencias al momento de definir la
   dotación mínima de seguridad de un buque, siendo esta posición
   una desventaja para la actividad marítima del sur de Chile, donde
   se realiza navegación de corta distancia principalmente.

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