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Gremial

la normativa vigente para poder  Las cargas transferidas en la zona, ascienden a más de
                                 seis millones trescientas mil toneladas; aproximadamente
                                 un 25% del total del cabotaje nacional. Los puertos privados
                                 asociados con ARMASUR, mueven más de tres millones cua-
                                 trocientos mil toneladas de transferencia de carga, equiva-
                                 lente al 50% de la carga movilizada en el sur austral.

                                 Esto indica que la mayor parte del movimiento ejercido por la
                                 flota sur austral, está relacionado con conectividad territorial:
                                 anualmente se transporta a 7 millones de pasajeros.

                                 El gerente de ARMASUR, Manuel Bagnara, revela que se ha
                                 analizado el escenario nacional e internacional en materias de
                                 navegación costera y de aguas interiores. “Frente a la realidad
                                 que hemos comparado y revisado, insistimos en la necesidad
                                 de implementar una normativa específica que regule la activi-
                                 dad marítima de cabotaje en cercanías de costa”.

                                 El profesional agrega que han recibido la opinión del Ministro
                                 de Transportes, Andrés Gómez-Lobo, quien ha señalado que
                                 espera establecer una regulación sobre navegación en aguas
                                 interiores y la navegación costera que afecta a las regiones
                                 del sur de Chile, en conjunto con el Ministerio de Defensa.

                                 En este sentido, el ejecutivo de ARMASUR precisa que se ha
                                 reunido con asesores del Ministerio de Defensa para insistir
                                 en ver la factibilidad de que el Proyecto de Ley de la Marina
                                 Mercante Fluvial que está en el Congreso se pueda ampliar, a
                                 aguas interiores y la navegación costera. “Esta facultad sólo
                                 se puede generar desde el Ejecutivo, es decir la Presidenta y
                                 los ministerios sectoriales, que en este caso serían Transpor-
                                 tes y Defensa. Ello se debe a que la Ley de Navegación indica
                                 que la competencia de la seguridad en el mar depende del
                                 Ministerio de Defensa a través de la Directemar, mientras el
                                 comercio marítimo, del Ministerio de Transportes”.

                                 Bagnara indica que a través de un trabajo coordinado entre
                                 ambos ministerios “se podría lograr ampliar el proyecto de ley
                                 actual que así como está se aplicaría sólo puntualmente al
                                 Río de Valdivia”.

                                 Escenario de la navegación actual

                                 En Chile, todo lo referido a embarcaciones y navegación se
                                 encuentra regulado por la Armada de Chile, el Código del Tra-
                                 bajo y convenios internacionales que abordan el tema. La
                                 Armada de Chile, a través de su organismo DIRECTEMAR,
                                 se encarga del cumplimiento de las leyes y acuerdos inter-
                                 nacionales vigentes, para proteger el medio ambiente, la vida
                                 humana en el mar y los recursos naturales. Esta institución
                                 regula además las acciones que se desarrollan en el ámbito
                                 acuático de su jurisdicción, con el propósito de contribuir en
                                 el desarrollo marítimo de la nación.

                                 Revista ARMASUR 2015                                               37
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